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año:2005
 
institución:CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 8 R-DAGJ-760-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del siete de noviembre de dos mil cinco---------------------------------------- Recurso de Objeción al Cartel de la LICITACION PÚBLICA Nº 10-2005, promovida por el CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL para la “Contratación de servicios inalámbricos para comunicar a la Oficina, la Dirección General de Educación Vial, el Consejo de Seguridad Vial y los departamentos regionales”, instaurado por REDCOM TECHNOLOGIES S. A.------------------ I.-POR CUANTO: La empresa REDCOM TECHNOLOGIES S. A. interpuso oportunamente recurso de objeción en contra del cartel de este concurso.-------------------------------------------------- II.-POR CUANTO: Mediante auto de las nueve horas treinta minutos del día veintisiete de octubre del año en curso, se confirió audiencia especial a la Administración licitante con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y para que remitiera una copia fiel y completa del cartel de la Licitación.---------------------------------------------------------------------------- III.-POR CUANTO: La Administración atendió la audiencia especial conferida mediante oficio DE-2005-2503, suscrito por el Director Ejecutivo de esta dependencia.---------------------------------- IV.- POR CUANTO: SOBRE EL FONDO: El recurso de objeción al cartel se dispone con el objeto de remover obstáculos infundados técnica o legalmente que limiten la participación del mayor número de oferentes, a efecto de garantizar el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley de Contratación Administrativa. Al respecto el Órgano Contralor se ha pronunciado reiteradamente, en el sentido de que los pliegos de bases en un procedimiento de concurso público, constituyen el reglamento específico de la contratación que se promueve y, como tal, deben constituir un cuerpo de especificaciones técnico, claro, suficiente, concreto, ...
Fecha publicación: 10/11/2005
Fecha emisión: 07/11/2005
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE -11- R-DAGJ-671-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del diez de octubre de dos mil cinco.--------------------------------------------- Recursos de Objeción al Cartel de la LICITACION PÚBLICA Nº 03-2005, promovida por el CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL para la “Compra de hand held”, instaurados por las RODOLFO SOJO GUEVARA y C. R. CONECTIVIDAD S. A.-------------------- I.- POR CUANTO: Los recurrentes interpusieron oportunamente sendos recursos de objeción al cartel de este concurso.------------------------------------------------------------------------------------------------ II.- POR CUANTO: Mediante auto de las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de septiembre del año en curso, se confirió audiencia especial a la Administración licitante con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de las objetantes y para que remitiera una copia fiel y completa del cartel de la Licitación.------------------------------------------------------------------ III.- POR CUANTO: En tiempo y forma la entidad licitante atendió la audiencia especial previamente conferida.------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.- SOBRE EL FONDO: El recurso de objeción al cartel se dispone con el objeto de remover obstáculos infundados técnica o legalmente que limiten la participación del mayor número de oferentes, a efecto de garantizar el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley de Contratación Administrativa. Al respecto el Órgano Contralor se ha pronunciado reiteradamente, en el sentido de que los pliegos de bases en un procedimiento de concurso público, constituyen el reglamento específico de la contratación que se promueve y, como tal, deben constituir un cuerpo de especificaciones técnico, claro, suficiente, concreto, objetivo y amplio, en cuanto a la oportunidad de participar, de manera que las restri ...
Fecha publicación: 14/10/2005
Fecha emisión: 11/10/2005
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 5 R-DAGJ-670-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José a las ocho horas del diez de octubre de dos mil cinco---------------------------------------------Recursos de objeción interpuestos por Productos Avanzados de Computación, S.A. y Central de Servicios P.C., S.A. en contra del cartel de la licitación pública 04-2005 promovida por el Consejo de Seguridad Vial para la compra de equipo de cómputo.--------------------------------------- I. Por cuanto: A) Recurso de Productos Avanzados de Computación: Sobre el fondo: 1) Metodología de evaluación: a) Precio: solicita el recurrente que el precio en el sistema de evaluación sea preponderante, pues en el actual no constituye un elemento relevante. La Administración rechaza tal pretensión al estimar que en el sistema de evaluación el precio es el factor con mayor ponderación, 30%. Criterio para resolver: Analizadas las justificaciones en que se apoya la Administración de frente a los cuestionamientos de la objetante, se declara con lugar el recurso, con la finalidad que la Administración proceda a redefinir el sistema de evaluación. El precio es, sin duda, un factor de primer orden en el tanto los recursos financieros son limitados en la Administración, pero además, por que mal se comprende el sistema si se ve contrapuesto el precio con la calidad, ya su sentido radica en obtener los bienes, servicios o las obras de la mejor calidad al mejor precio, con el mejor equilibrio posible. En el caso que nos ocupa, el hecho de que una empresa nacional que vende tecnología esté certificada ISO 9000 es un factor digno de premiar en la escala de evaluación, pero bajo ninguna circunstancia permitiendo que esta distinción la faculte a ofrecer un precio desproporcionado y aun así ganar el concurso. En este sentido, los factores asignados a cada uno de los elementos en el sistema de evaluación del cartel de este concurso se encuentran desproporcionados en relación con ...
Fecha publicación: 14/10/2005
Fecha emisión: 11/10/2005
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


1 -12- R-DAGJ-646-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del veintinueve de setiembre de dos mil cinco--------------------------------- Recursos de objeción interpuestos por las empresas, DISEXPORT INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, AUTOSTAR VEHÍCULOS SOCIEDAD ANONIMA y AUTOMOTORES SUPERIORES SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del cartel de la Licitación Pública No.05-2005, promovida por el Consejo de Seguridad Vial, para la compra de vehículos para Ingeniería y Policía de Tránsito .--------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: El recurso interpuesto por la empresa DISEXPORT INTERNACIONAL S.A. fue presentado ante esta Contraloría General a las 8:56 horas del 19 de setiembre de 2005, por AUTOSTAR VEHÍCULOS S.A. a la 1:48 horas del 19 de setiembre del 2005 y por AUTOMOTORES SUPERIORES S.A. a las 2:34 horas del 19 de setiembre de 2005.------------------ II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial al Consejo de Seguridad Vial con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de las objetantes y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. ----------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Consejo de Seguridad Vial mediante oficio DE-2005-2142 del 26 de setiembre del 2005 atendió esa audiencia especial.------------------------------------------------------------ IV. SOBRE EL FONDO: A) RECURSO PRESENTADO POR DISEXPORT INTERNACIONAL S.A.: 1- Sobre el sistema de evaluación: Alega la objetante que en el punto 16.1.3 se pretende otorgar el máximo puntaje al oferente que cuente con 20 años de representar la marca de vehículos que oferta lo cual favorece a dos empresas y que este Despacho ha dicho que un plazo razonable sería de diez o quince años . Que por ello solicita se fije un máximo de 10 o 15 años pues el cartel discrimina a posibles oferentes sin razón ...
Fecha publicación: 14/10/2005
Fecha emisión: 11/10/2005
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 10 R-DAGJ-439-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las catorce horas del catorce de julio de dos mil cinco. ---------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Constructora Meco, Sociedad Anónima, representada por el señor Max Sittenfeld Appel contra el cartel de la Licitación Pública 1-2005 promovida por el Consejo Nacional deVialidad para la conservación de la red vial pavimentada. ----------------------- I. POR CUANTO: Mediante escrito presentado el treinta de junio de dos mil cinco, la empresa Constructora Meco, Sociedad Anónima, interpuso recurso de objeción contra el cartel de la Licitación Pública 1-2005 (ver expediente, folios A1 a A8).------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante auto dictado por esta Oficina a las diez horas del cuatro de julio de dos mil cinco, se admitió a trámite el recurso y se concedió audiencia especial (ver expediente, folio E1).------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: Mediante escrito presentado el siete de julio de dos mil cinco, el Conavi atendió la respectiva audiencia (ver expediente, folios B1 a B229). --------------------------------------- IV. POR CUANTO. SOBRE EL FONDO. 1) Sobre el plazo de la garantía de cumplimiento. La empresa objetante aduce que en el cartel, tomo II, puntos 2.1.1 y 2.1.2, se regula el monto de la garantía y se agrega que tendrá una vigencia al menos de mil ciento ochenta y cinco días naturales. Este contrato esta previsto a un plazo de tres años, siendo desproporcionado que se pida la garantía por todo ese plazo, lo razonable sería que se rinda sobre el monto estimado del contrato según la estimación de los renglones que año con año se vayan a ejecutar efectivamente. Por ejemplo, la Administración no requiere tener al inicio todo el presupuesto que va a consumir, sino el que va a gastar ...
Fecha publicación: 17/07/2005
Fecha emisión: 14/07/2005
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 7 9 1 1 1 de julio, 2005 DAGJ-1835-2005 Licenciado Carlos E. Rivas Fernández Director Ejecutivo a.i. Consejo de Seguridad Vial Estimado señor: Asunto: Se archiva consulta relacionada con los servicios de vigilancia y limpieza. Nos referimos a su oficio DE-1304-2005 del 16 de junio del 2005, mediante el cual plantea una consulta relacionada con la contratación de los servicios de vigilancia y limpieza. Sobre el particular, nos permitimos indicarle que si bien esta Contraloría General tiene dentro de sus competencias y obligaciones, el ejercicio de una labor consultiva, ésta no supone el ejercicio de asesoría legal directa en sustitución de la labor que en ese sentido deben ejercer los órganos internos competentes para ello (Ver en ese mismo sentido oficio DAGJ-1996-2002 (15321) del 4 de diciembre de 2002), por lo que deberá contar con el criterio de su Asesoría Legal al respecto. Cumplido con lo anterior, y de persistir alguna interrogante se podría recurrir a esta División, siempre y cuando se acompañe el criterio de la unidad de asesoría legal (Ver Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República, publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000) respecto de todos y cada uno de los puntos que interesan, y con toda la información necesaria al efecto. En consideración a lo anterior lamentablemente no podemos atender su consulta la cual, estamos disponiendo archivar sin especial pronunciamiento de nuestra parte. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada Licda. María de los Ángeles Calderón Ferrey Gerente Asociado Fiscalizadora Asociada MCF/mgs C: Área de Servicios de Obra Pública y Transporte. Archivo Central NI: 13290 ( Criterios y Dictámenes ] ...
Fecha publicación: 07/07/2005
Fecha emisión: 04/07/2005
Documento: 07911-2005.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


1 2 R-DAGJ-380-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del veintinueve de junio del dos mil cinco. -------------------------------------Recurso de objeción interpuesto por la empresa Siemens S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública Internacional No. 01-2005, promovida por el Consejo de Seguridad Vial, para el suministro, instalación y puesta en operación de un sistema centralizado de semáforos para la ciudad de San José. --------------------------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: El recurso interpuesto por Siemens S.A. se presentó a las 13:07 horas del 17 de junio del 2005. ----------------------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial al Consejo de Seguridad Vial con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante, y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. ----------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Consejo de Seguridad Vial mediante escrito presentado el 27 de junio del 2005 atendió esa audiencia especial. ---------------------------------------------------------------------------- IV. POR CUANTO: Mediante escrito presentado ante esta División de Asesoría y Gestión Jurídica a las 12:41 horas del 24 de junio del 2005, los representantes legales de la empresa objetante manifestaron que: “...nos permitimos desistir al Recurso de Objeción al cartel, interpuesto por nuestra representada el pasado viernes 17 de junio, sobre la licitación pública No.01-2005 promovida por el Consejo de Seguridad Vial, para el suministro, instalación y puesta en operación de un sistema centralizado de semáforos para la ciudad de San José, Costa Rica.” A la luz de lo expuesto, resulta evidente y manifiesta la voluntad del objetante en el sentido de que l ...
Fecha publicación: 03/07/2005
Fecha emisión: 30/06/2005
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


3 5 R-DAGJ-211-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del día veintidós de abril de dos mil cinco.---------------------------------------- Recurso de Objeción al cartel interpuesto por Seguridad Alfa S. A. y Corporación González y Asociados, S. A. en contra del cartel de la Licitación Pública N° 01-2005 promovida por el Consejo de Seguridad Vial para la contratación de servicios de vigilancia para las instalaciones del COSEVI.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------- POR CUANTO: I. Los recursos que se conocen fueron presentados en tiempo y forma.------------------------------------- II. Seguridad Alfa S. A. objeta la calificación de la experiencia (véase escrito en expediente de objeción).------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ III. Corporación González y Asociados, S. A. objeta: 1) la experiencia a evaluar. 2) criterios de exclusión (véase escrito en expediente de objeción).------------------------------------------------------------ IV. Se concedió audiencia especial, mediante auto de las catorce horas con treinta minutos del quince de abril, a la Administración para que se pronunciara con respecto a los alegatos de los recursos y enviara un ejemplar del cartel (ver expediente de objeción, folio E-1).------------------------ V. El Consejo de Seguridad Vial, en adelante el COSEVI, atendió la audiencia conferida (véase escrito contenido en el expediente de objeción).------------------------------------------------------------------ VI. Sobre el fondo: Nos referirnos de seguido a cada uno de los puntos objetados. A) Recurso presentado por Seguridad Alfa S. A.: Experiencia: La objetante señala que el requerimiento de la cláusula 11.2, a.2 perjudica a su representada, toda vez que al otorgarse la mayor puntuación (30 puntos) al que ofrezca la ma ...
Fecha publicación: 25/04/2005
Fecha emisión: 22/04/2005
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


1 14 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 02379 1° de marzo, 2005 DAGJ-0507-2005 Señor Roy Rojas Vargas Director Ejecutivo CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la aplicabilidad de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica. Nos referimos a su oficio número DE-2004-2883 de fecha 23 de diciembre de 2004, presentado ante esta Contraloría General el día 10 de enero, mediante el cual solicita el criterio de esta División de Asesoría y Gestión Jurídica respecto de varios aspectos relacionados con lo establecido por el párrafo final del artículo 17 de la indicada Ley No. 8422. Seguidamente, procedemos a rendir el criterio solicitado, refiriéndonos a cada asunto en el mismo orden en que se planteó en el oficio de consulta. · NUESTRO CRITERIO: Con el fin de dar una adecuada respuesta a sus interrogantes, conviene en primer término hacer referencia a los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422. Así, dicho precepto legal, busca prohibir el desempeñar simultáneamente más de un cargo en los órganos y entidades de la Administración Pública, indicándose que la remuneración que se obtenga por el ejercicio de dicho cargo debe ser de índole salarial. Es decir, ninguna persona podrá percibir más de un salario en razón del desempeño de cargos públicos. Ahora bien, la norma establece en su párrafo final la prohibición de otra conducta adicional, que se refiere a devengar dietas en virtud de la participación como miembros de juntas directivas u otros órganos colegiados pertenecientes a órganos, entes y empresas de la Administración Pública, por parte de personas que a su vez desempeñen un cargo dentro de la función pública. De tal manera, que con dicha norma de carácter preventivo, lo que se pretende evitar es la doble remuneración por parte del Estado, entendido éste en términos generales, remuneración ésta que puede consistir en el pago de un sal ...
Fecha publicación: 05/03/2005
Fecha emisión: 02/03/2005
Documento: 02379-2005.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Prohibicion de Percibir Compensaciones Salariales , Dietas


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Obra Pública y Transporte División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Obra Pública y Transporte Lic. Roy Rojas Vargas -4- 24 de enero, 2005 Al contestar refiérase al oficio Nº 1263 24 de enero, 2005 DFOE-OP-68 Máster Roy Rojas Vargas Director Ejecutivo a.i. Consejo de Seguridad Vial Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la inclusión de un tipo de pago determinado en el cartel de licitación de un nuevo sistema para el servicio de emisión y renovación de las licencias de conducir y los procesos que esto involucra. Con las disculpas del caso por la demora en la atención de la presente consulta, se da respuesta al oficio N° DE-1087-2004, de fecha 07 de junio de 2004, mediante el cual solicita un criterio de la Contraloría General de la República en cuanto a la promoción de un sistema de pago por monto fijo por cada licencia emitida, el cual se establecería en el cartel para la contratación de un nuevo sistema integral para la administración del sistema de licencias. Al respecto, debo indicarle que el artículo 7 de la Ley número 7494, Ley de Contratación Administrativa, regula lo referente al inicio del procedimiento de contratación administrativa al indicar: “ARTÍCULO 7.- Inicio del procedimiento El procedimiento de contratación se inicia con la decisión administrativa de promover el concurso, emitida por el funcionario o el órgano competente. Esta decisión, que encabezará el expediente que se forme, será motivada y contendrá, por lo menos, una justificación de su procedencia, según el programa de actividades de la Administración o el Plan Nacional de Desarrollo” Este artículo es importante pues señala la responsabilidad de la Administración para iniciar los procedimientos de contratación promoviendo el concurso y justificándolo, una vez estudiada y analizada su conveniencia y en el marco de las normas y los principios del ordenamiento jurídico administrativo ...
Fecha publicación: 06/02/2005
Fecha emisión: 03/02/2005
Documento: 01263-2005.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: HIST. AREA FISC. SERV. OBRA PUB. Y TRANS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA